Una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo plantea reducir de cinco a dos años el periodo de revisión de las tablas de enfermedades profesionales y de valuación de incapacidades, con el objetivo de agilizar su actualización conforme a los avances científicos y de la medicina del trabajo.
Una propuesta para acelerar la actualización de las enfermedades profesionales
México podría modificar el procedimiento de actualización de sus tablas de enfermedades de trabajo mediante una nueva iniciativa legislativa que propone establecer revisiones obligatorias cada dos años, en lugar del periodo mínimo de cinco años contemplado actualmente en la legislación laboral.
La propuesta, presentada por la diputada Elena Edith Segura Trejo y publicada en la Gaceta Parlamentaria el 2 de septiembre de 2026, contempla reformar los artículos 513, 514 y 515 de la Ley Federal del Trabajo para establecer un mecanismo de actualización más frecuente y con plazos administrativos definidos.
El objetivo es facilitar que los instrumentos utilizados para reconocer y valorar las enfermedades de origen laboral puedan adaptarse con mayor rapidez a los avances científicos, a los cambios en las condiciones de trabajo y a la evidencia disponible sobre los riesgos para la salud.
La iniciativa se encuentra en trámite legislativo y no supone, por el momento, una modificación de las obligaciones legales vigentes.
¿Qué cambios plantea la iniciativa?
La propuesta introduce una periodicidad bienal para la actualización de tres instrumentos fundamentales del sistema mexicano de reconocimiento y valoración de enfermedades profesionales:
- La Tabla de Enfermedades de Trabajo.
- La Tabla para la Valuación de Incapacidades Permanentes Resultantes de los Riesgos de Trabajo.
- El Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo.
Según el planteamiento legislativo, estos instrumentos deberían actualizarse simultáneamente durante el mes de enero, cada dos años.
La iniciativa también contempla que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social solicite, durante septiembre del año anterior a la actualización, la opinión de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y de especialistas en la materia.
Además, se mantendría la posibilidad de realizar actualizaciones extraordinarias cuando existan estudios e investigaciones que lo justifiquen, sin necesidad de esperar al siguiente periodo ordinario de revisión.
Otro aspecto relevante es la propuesta de establecer plazos para la presentación y autorización de las tablas, buscando dotar al procedimiento de una mayor previsibilidad administrativa.
Estos cambios, de aprobarse, podrían contribuir a reducir los intervalos entre la aparición de nueva evidencia científica sobre enfermedades relacionadas con el trabajo y su incorporación a los instrumentos de referencia utilizados en México.
El antecedente: la actualización de las enfermedades profesionales en 2023
La iniciativa llega después de una de las reformas más importantes realizadas en México en materia de enfermedades de trabajo.
El 4 de diciembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma de la Ley Federal del Trabajo que actualizó las tablas de enfermedades profesionales y de valuación de incapacidades permanentes.
Aquella modificación incorporó 88 nuevas enfermedades de trabajo y amplió el reconocimiento de diferentes padecimientos asociados con la exposición a factores de riesgo laborales.
Entre las novedades destacaron la incorporación de enfermedades relacionadas con factores psicosociales, determinados trastornos musculoesqueléticos, nuevos padecimientos asociados con agentes químicos y biológicos y una mayor consideración de distintas enfermedades específicas que pueden tener origen ocupacional.
Posteriormente, el 30 de abril de 2024, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó el Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo.
Este instrumento establece criterios técnicos para identificar enfermedades, analizar sus posibles agentes causales, valorar la exposición laboral y determinar las consecuencias sobre la capacidad de trabajo.
El catálogo también incorpora referencias a la Clasificación Internacional de Enfermedades, undécima revisión (CIE-11), de la Organización Mundial de la Salud.
La reforma de 2023 supuso un avance en la actualización del reconocimiento de enfermedades laborales. La nueva iniciativa pretende que estos procesos de revisión tengan una periodicidad más frecuente.
Contexto técnico: los riesgos laborales evolucionan
Los cambios tecnológicos, productivos y organizativos pueden modificar las condiciones de exposición de las personas trabajadoras y generar nuevos desafíos para la salud ocupacional.
La digitalización de los procesos, la automatización, las nuevas sustancias utilizadas en la industria, la intensificación de determinadas tareas y la evolución de los modelos de organización del trabajo hacen necesario mantener actualizados los conocimientos sobre enfermedades profesionales.
Entre las áreas que requieren especial atención desde la medicina del trabajo se encuentran los trastornos musculoesqueléticos asociados con factores ergonómicos, las enfermedades respiratorias relacionadas con exposiciones ocupacionales, determinados tipos de cáncer de origen laboral y los problemas de salud vinculados con factores psicosociales.
La identificación científica de una enfermedad relacionada con el trabajo y su reconocimiento dentro de una tabla legal son procesos diferentes, aunque estrechamente conectados.
Las tablas permiten establecer referencias para valorar enfermedades y sus consecuencias, pero su actualización debe apoyarse en criterios científicos, médicos y técnicos suficientemente contrastados.
Por ello, reducir el periodo de revisión puede resultar útil siempre que el procedimiento garantice la calidad de la evidencia utilizada y la participación de especialistas.
Implicaciones para empresas y profesionales de seguridad y salud en el trabajo
Aunque la iniciativa todavía no introduce nuevas obligaciones, resulta relevante para los servicios de salud ocupacional, responsables de seguridad y salud, empresas, instituciones de seguridad social y profesionales que participan en la identificación de enfermedades relacionadas con el trabajo.
Una eventual actualización más frecuente de las tablas podría exigir una mayor atención a la evolución de los criterios de reconocimiento y valuación de las enfermedades profesionales.
Desde la perspectiva de la gestión preventiva, las organizaciones deberían mantener actualizados sus diagnósticos de seguridad y salud, evaluar las exposiciones ocupacionales y revisar periódicamente la eficacia de las medidas destinadas a prevenir daños para la salud.
También adquiere importancia la vigilancia de la salud de las personas trabajadoras, especialmente en actividades donde existen exposiciones prolongadas a agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos o factores de riesgo psicosocial.
La información procedente de la vigilancia epidemiológica, los resultados de las evaluaciones de riesgos y los estudios de salud ocupacional puede contribuir a identificar patrones de enfermedad y orientar acciones preventivas.
No obstante, una mayor frecuencia en la actualización de las tablas no implica automáticamente que aumente el número de enfermedades reconocidas, ni sustituye la necesidad de acreditar, conforme a los criterios aplicables, su relación con la actividad laboral.
Hacia una actualización más dinámica de la salud ocupacional
La propuesta de reformar los artículos 513, 514 y 515 de la Ley Federal del Trabajo abre un debate sobre la capacidad del marco normativo mexicano para incorporar de manera oportuna los avances de la medicina del trabajo.
La reducción del periodo ordinario de revisión de cinco a dos años permitiría establecer un calendario más frecuente para analizar la evidencia científica y valorar posibles modificaciones de las tablas.
Sin embargo, su impacto dependerá tanto del contenido definitivo de la reforma como de los recursos técnicos, administrativos y científicos disponibles para desarrollar estas revisiones.
El reto no consiste únicamente en actualizar las tablas con mayor frecuencia, sino en garantizar que reflejen adecuadamente las enfermedades relacionadas con el trabajo y contribuyan a mejorar su prevención, identificación y reconocimiento.
Por ahora, la propuesta deberá continuar su recorrido legislativo antes de que pueda traducirse en modificaciones efectivas de la normativa laboral mexicana.