gruposyd 8 noviembre, 2016 a las 15:52 #57640
Hola, respecto al tema, en efecto, la NOM-002-STPS-2010 no especifica el tamaño de los extintores, pero si dice en el requisito 7.17 inciso b) que las empresas de riesgo ordinario deben tener “al menos” un extintor cada 300 m2, aclaro que se debe considerar los materiales almacenados ya que pueden requerirse más, la distancia de recorrido entre un extintor y otro de 23 m es cuando tenemos el riesgo de fuego clase A, C o D, si es clase B debe ser cada 15 m y clase K cada 10; para oficinas, subestaciones, etc., es decir, donde existan equipos alimentados eléctricamente se recomienda utilizar agentes limpios (CO2, HFC, etc.) por el asunto de los residuos, pero a veces el la decisión de tener uno de PQS es por la inversiòn inicial que es más alta, los extintores de PQS de 1.0 y 2.5 kg son para vehículos (camionetas, montacargas), de 4.5 a 6.0 kg se recomiendan para uso comercial, de 9.0 a 12.0 para uso industrial en cuanto a los extintores portátiles, los móviles que van de 35.0 hasta 70.0 kg es otro uso; lo anterior, de acuerdo a las recomendaciones del fabricante Extinflam.
En cuanto a las DC-4 el reporte se puede hacer en línea sin importar el numero de trabajadores, los obligados, son los que tienen más de 50, si se tienen menos de 50 es posible hacer en tramite tradicional, por ventanilla, claro que es mejor hacerlo por el sistema de la STPS.