El día de hoy 27 de julio se publicó en el DOF el ACUERDO por el que se da a conocer el medio de difusión de los criterios para las poblaciones en situación de vulnerabilidad.
El 29 de mayo de 2020, la Secretaría de Salud, en coordinación con las Secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social, publicaron en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas.
Los Lineamiento mencionados en el párrafo anterior establecen en el numeral 7 “MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA LA POBLACIÓN VULNERABLE EN CENTROS DE TRABAJO UBICADOS EN REGIONES DESIGNADAS DE ALERTA ALTA E INTERMEDIA” que los centros de trabajo ubicados en una región considerada de riesgo alto y medio (rojo, naranja y amarillo), deberán implementar medidas diferenciadas que permitan disminuir el riesgo de la población en situación de vulnerabilidad, así como para contrarrestar las posibles afectaciones a los centros de trabajo y al personal.
Las secretarías de Salud, y de Trabajo y Previsión Social, así como el Instituto Mexicano del Seguro Social, darán a conocer en el sitio web www.coronavirus.gob.mx los criterios para las poblaciones en situación de vulnerabilidad que pueden desarrollar una complicación o morir por COVID-19, en la reapertura de actividades económicas en los centros de trabajo. Dichos criterios se determinarán de acuerdo al riesgo epidémico local y a la aplicación de las recomendaciones sanitarias dirigidas a la población antes mencionada.
Los criterior estarán disponibles en pocos días. Mientras tanto, puedes consultar el Acuerdo en aquí.