El Comité es un órgano tripartito integrado por representantes de los miembros del sector productivo.
El Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo está conformado por los sectores civil, público y privado. Entre sus miembros se encuentran representantes de empleadores, trabajadores y del gobierno. Incluso, participan figuras procedentes del ámbito académico. Así, es el órgano facultado para la elaboración de los proyectos de Normas Oficiales Mexicanas (NOM).
Entre sus funciones, también está promover el cumplimiento de las NOM relativas seguridad y salud en el trabajo. Principalmente, porque son de interés para la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS). Esto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento. Además, su labor está avalada por el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo y los Lineamientos para la Organización de los Comités Consultivos Nacionales de Normalización. También, en el Acuerdo por el que se establecen la Organización y las Reglas de Operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo.
La presidencia del Comité está a cargo de la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Además, cuenta con un Secretario Técnico. Dicha figura es designada por el presidente del Comité y dieciséis vocales. Ellos son los representantes de organizaciones públicas y privadas. El Comité se integra por:
- Un presidente. Se trata del Director General de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
- Un Secretario Técnico. Él es designado por el Presidente del Comité.
- Dieciséis Vocales. Son representantes de organizaciones públicas y privadas. Algunas de ellas se muestran a continuación.
a) Dependencias y entidades:
- Secretaría de Gobernación (SEGOB).
- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT)
- Secretaría de Energía (SENER)
- La Secretaría de Economía (SE)
- Secretaría de Salud (SSA).
- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
b) Instituciones educativas:
- Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
- Instituto Politécnico Nacional (IPN).
c) Organizaciones de los Trabajadores:
- Confederación de Trabajadores de México;
- La Confederación Regional Obrera Mexicana;
- Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos, y
- Congreso del Trabajo.
d) Organizaciones de los Patrones:
- Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos;
- Cámara Nacional de la Industria de Transformación.
- La Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo.
- Confederación Patronal de la República Mexicana.
Algunas de las funciones que tiene a cargo el Comité Consultivo Nacional.
El Comité debe aprobar su programa anual de sesiones. También, requiere Contribuir a la integración y ejecución del Programa Nacional de Normalización y de su Suplemento. De forma específica, en los temas del ámbito de su competencia; En ese ámbito, debe apoyar a la STPS en la elaboración y revisión de anteproyectos de normas y emitir observaciones. Posteriormente, elaborar y, en su caso, aprobar los proyectos de normas por elaborar o modificar. A dichas funciones se suman:
- Revisar y, en su caso, aprobar las manifestaciones de impacto regulatorio de los proyectos de normas.
- Analizar los comentarios que se formulen sobre los proyectos de normas que se publiquen para consulta pública. Además, debe revisar las respuestas respectivas. En caso de ser procedentes, so incluyen en los proyectos de NOM.
- Revisar y aprobar las Normas.
- Evaluar las NOM con motivo de la conclusión de su período quinquenal.
- Emitir opinión respecto de las solicitudes de autorización para el uso de tecnologías, procesos, equipos, procedimientos, mecanismos, métodos de prueba o materiales alternativos. EE sustitución de los que establecen las Normas.
- Coordinar su actividad con otros comités consultivos nacionales de normalización;
- Resolver las consultas y atender las observaciones que le sean formuladas sobre las materias de su competencia.
También, desempeña cualquier otra actividad que le sea encomendada por la Secretaría en las materias competencia del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Fuente: STPS.