Según el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo de México los trabajadores están obligados a:
- Observar las medidas preventivas de Seguridad y Salud en el Trabajo dispuestas en el Reglamento y las Normas, así como las que establezcan los patrones para la prevención de Riesgos.
- Designar a sus representantes para participar en la Comisión de Seguridad e Higiene.
- Dar aviso inmediato al patrón y a la Comisión de Seguridad e Higiene,sobre las Condiciones Inseguras que adviertan y de los Accidentes de Trabajo que ocurran, y colaborar en la investigación de los mismos.
- Utilizar y conservar en buen estado el Equipo de Protección Personal proporcionado por el patrón.
- Cumplir con las Medidas de Control previstas por el patrón para prevenir Riesgos.
- Operar en forma segura la maquinaria, equipo y herramientas que tengan asignados.
- Mantener ordenados y limpios sus lugares de trabajo y áreas comunes.
- Desempeñar su trabajo de manera segura para evitar Riesgos.
- Participar en las brigadas para la atención a emergencias, en su caso.
- Cumplir con someterse a los exámenes médicos que determinan el presente Reglamento y las Normas.
- Participar en la capacitación y adiestramiento que, en materia de prevención de Riesgos y atención a emergencias, sean impartidos por el patrón o por las personas que éste designe.
- Cumplir las demás obligaciones previstas en otras disposiciones jurídicas aplicables.